La cantidad de renta que se puede adquirir por la compra de una tierra (...) es una medida manifiesta y limitada por la naturaleza (...) esta misma ley es la que debe regular el tipo de interés o de la renta del dinero invertido en la constitución de censos perpetuos en un reino agrícola.
No sentir la avidez de riquezas es una gran riqueza; no tener la manía de gastar es una renta